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BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO 113 AÑOS

1.-El presente concurso cuyo organizador es FAVA HNOS SACIF.A. (en adelante el ORGANIZADOR) es válido desde el 2 de Mayo al 2 de Junio de 2022 -inclusive- y se desarrollará en las ciudades de Mar del Plata, Balcarce, Miramar, Otamendi, Vidal, Maipú, Tandil, Villa Gesell, Madariaga, Pinamar, Necochea, Olavarría, Tres Arroyos, Bahía Blanca, Bolivar, Azul, Ayacucho, Dolores, A.G. Chavés, Lobería, Pehuajo, Carlos Casares, 9 de julio, Trenque Lauquen,Benito Juarez, Punta Alta,Daireaux,Rauch, Dorrego, Saladillo, Laprida, Mar de Ajó, Lamadrid, Pringles, Coronel Suarez, Henderson y Tapalqué.

2.- Los participantes del concurso deberán ser personas físicas o jurídicas capaces, mayores de edad con domicilio en alguna de las sucursales mencionadas en el punto 1. Podrán participar el público en general, sin obligación de compra directa o indirecta, ni contratación de servicio alguno, para lo cual deberán:

  • Ingresar al enlace del código QR o bien a https://fava.com.ar/sorteos
  • Completar los 4 campos del formulario que aparece en el sitio web (nombre, apellido, dirección de correo electrónico, documento de identidad, teléfono celular).

Sólo se tomará en cuenta un formulario por persona.

  • Tildar uno de los 4 premios.
  • Compartir en redes sociales. En caso de no contar con redes sociales o no poder acceder a las mismas, se podrá completar un formulario de manera gratuita en aquellas sucursales que cuenten con más de 50.000 habitantes.

3.-Estas bases estarán disponibles en la sede central de FAVA hnos de la calle Luro 3247 de la ciudad de Mar del Plata, en cada una de nuestras sucursales mencionadas anteriormente y en www.fava.com.ar.

4.- El sorteo se realizará el día jueves 2 de junio del 2022 a las 11.00 hs. El mismo comenzará extrayéndose al azar, mediante la plataforma "Sortea2"-que consiste en una herramienta informática que selecciona automáticamente el ganador entre los participantes que se han inscripto correctamente- donde se ingresan todos los participantes del sorteo y se selecciona el botón "sortear". Seguidamente continúa el procedimiento extrayendo otro registro, el que conforma el "cupón suplente" con el objetivo de reemplazar al cupón sorteado impugnado por alguna de las causales previstas en las Bases y Condiciones.

5.- En caso que un cupón resultante ganador del sorteo se impugne por alguna de las causales previstas en las Bases y Condiciones, el mismo se reemplazará automáticamente por el "cupón suplente". Los participantes de un cupón reemplazado por alguna de las causales de impugnación, no tendrán derecho a recibir premios.

6.-El ganador del premio del sorteo será notificado por redes sociales y vía telefónica y podrá, a partir de la fecha del sorteo, por el lapso de los siguientes 30 días (inclusive) reclamar el acceso al premio correspondiente. A tal fin el ganador del premio deberá presentarse en la sucursal de Fava o Favacard más próxima a su domicilio desde las 9:00 hs hasta las 16:00 hs, con su documento de identidad o instrumento que permita acreditar fehacientemente su identidad, debiendo contestar una pregunta de cultura general.

Toda presentación o reclamo efectuado por el ganador en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder en forma automática, el derecho al reclamo del premio correspondiente. Los gastos de cualquier naturaleza, que el ganador tuviera que efectuar para la acreditación y la recepción del premio correspondiente será a su exclusivo cargo. Sin perjuicio de lo antes expuesto, dentro de un plazo de diez días hábiles de finalizado el concurso, se informará por los mismos medios utilizados para su difusión el nombre del ganador y7o ganadores y el destino que se le dará a los premios no adjudicados.

7.-La entrega se realizará en cualquiera de las sucursales de Fava o Favacard. El ganador podrá elegir uno de éstos premios: PHILIPS LED 50 4K UHD-HP NOTEBOOK ATHLON 4/12/256 GB-PATRICK HELADERA C/F-DREAN LAVARROPA NEXT 10.12 ECO C/F

8.- Los ganadores no podrán exigir el cambio del premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto de los indicados como premio, de modo que el premio no será negociable, ni transferible. El premio adjudicado y no retirado por el ganador será donado en su equivalente dinero en efectivo a la Fundación del Hospital Materno Infantil de la ciudad de Mar del Plata.

9.- Una vez entregado el premio, Grupo Fava queda liberada de toda responsabilidad respecto a los mismos.

10.- Grupo Fava no se responsabiliza por ningún daño personal, material o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionado al ganador y/o a su acompañante y/o terceras personas, debido a o en relación con la utilización del premio. Grupo Fava no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto el ganador y/o terceros. El ganador será responsable exclusivo por la utilización del premio y sus consecuencias.

11.- Las imágenes del premio incluidas en afiches, mailing y/o cualquier otro material vinculado a este concurso, son razonablemente similares al premio a entregar. No se acepta ningún reclamo, de ninguna naturaleza, fundado en supuestas diferencias entre imágenes y el premio.

12.-La participación en este sorteo implica la autorización expresa a Grupo Fava por parte del ganador para difundir sus datos personales, domicilio, imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que Grupo Fava disponga, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la promoción y hasta transcurridos 365 días de realizado el sorteo. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento al respecto al completar con sus datos personales el formulario.

13.-El Organizador podrá a su solo criterio modificar la duración del concurso, el premio a entregar por otro de similares características y valor o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes bases y condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases y condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

14.-No podrán participar en este concurso, ni hacerse acreedores de premios, el personal de Grupo Fava ni, el personal del área de publicidad, el de las agencias de publicidad, promoción y/o familiares directos de los mismos, como tampoco podrán participar los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, ni tampoco los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta días anteriores a la fecha de comienzo de la promoción, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionando. Si alguno de los ganadores quedara comprendido en esta excepción, no tendrá derecho a reclamar premio alguno, aplicándose el mecanismo previsto en la cláusula 11. La mera participación en el concurso implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de esas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar el organizador de acuerdo a lo previsto en la cláusula

15.-La probabilidad por parte de los participantes del sorteo de ganar un premio del concurso depende de la cantidad total de formularios recibidos en cada mes, y de la cantidad de formularios ingresados en el mismo mes por cada participante. Por lo tanto, en el supuesto que se reciban un total de Un mil (1.000) formularios, y que el participante haya ingresado un (1) sólo formulario en el mismo mes, la probabilidad seria de 0,001.-

16.-Toda relación en virtud del concurso se genera entre el participante y el organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina. Asimismo, resultaran competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el organizador y el participante, los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mar Del Plata, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.